¿Debes dinero al SAT y no sabes si esa deuda en algún momento va a prescribir? En este blog te aclararemos esta duda. 

La respuesta corta es sí, si le debes dinero al SAT o le pediste un crédito, después de cierto tiempo, la institución ya no puede exigirte el pago. 

¿Por qué prescriben las deudas en el SAT? 

El Servicio de Administración Tributaria tiene, según lo estipulado en el artículo 146 del Código Fiscal de la Federación (CFF), un tiempo máximo de 5 años para cobrar impuestos atrasados o pagos por créditos fiscales a partir de la fecha en que el pago pudo ser legalmente exigido. 

En caso de no hacerlo por cualquiera que sea la razón, la deuda puede prescribir en favor del o la contribuyente.

Sin embargo, cabe aclarar que lo anterior es válido únicamente en casos donde el SAT no haya emitido ninguna gestión de cobro durante esos años. De haberlo hecho, el tiempo se interrumpe por lo que se elimina definitivamente la opción de prescripción. 

En situaciones donde el o la contribuyente haya cambiado de domicilio fiscal sin avisarle al SAT con la intención de que los 5 años se cumplan, la ley considera que el tiempo para que la prescripción aplique se aplaza hasta los 10 años. Además de la posibilidad de convertirse en acreedor a una sanción extra por no informar del cambio de residencia. 

Otros casos por los que tu deuda puede prescribir…

En el apartado A del artículo 146 del CFF se señala que hay otros casos en los que el crédito fiscal no puede ser cobrado. Por ejemplo, cuando el importe es igual o inferior a 200 unidades de valor (UDIS) que actualmente equivalen a aproximadamente mil 336 pesos. 

El mismo caso con aquellos créditos cuyo monto es igual o inferior a los 20 mil UDIS, que son aproximadamente 132 mil pesos, pero cuyo costo de recuperación rebasa el 75%. 

Si tienes una deuda con el SAT, considera que las reglas de esta institución están creadas con la intención de no ser burladas o bien, de que no sea sencillo eximir los pagos de deudas e impuestos. 

Esto significa que aunque puedes esperar el tiempo mínimo requerido para que tu deuda prescriba, siempre es mucho más conveniente que te pongas al corriente en tus pagos con el SAT, no solo para evitarte problemas con esta institución, sino para mantener tu historial crediticio intacto. 

Quizá te pueda interesar: ¿El SAT también reporta a Buró y Círculo de Crédito?